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Reflexiones en Voz Alta: LOMLOE

Reflexiones en Voz Alta: LOMLOE
martes, 2 de febrero de 2021

La FAPA Francisco Giner de los Ríos organiza una jornada de Reflexiones en Voz Alta sobre LOMLOE: Motivos y Propósitos.

Contamos con la presencia de Miguel Recio Muñiz, asesor del Secretario de Estado de Educación, y posteriormente se dio paso a una ronda de preguntas de los asistentes.

El vídeo está accesible en el canal de youtube de la FAPA (https://youtu.be/yQQGROpS8V8), y a continuación incluimos las preguntas y respuestas agrupadas por temas (las preguntas contestadas durante la charla tienen una indicación del momento en que aparecen en el vídeo, por lo que no están transcritas).

 

 

 

 

 

 

 

 

Preguntas y Respuestas:

Tema: Repeticiones
  • Pregunta (a partir del minuto 38:06 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿El aumento de repeticiones es un fracaso del sistema? Una repetición a tiempo puede ser un avance, y hay muchas medidas (como entrar en un programa de apoyo como el PMAR en 2º ESO o la FP básica) a las que no se puede acceder sin haber repetido. Es dramático obligar a un chaval que se ha desconectado del sistema a repetir un curso en secundaria para acceder a medidas de apoyo. ¿Qué soluciones aporta la LOMLOE a esta situación?
  • Pregunta adicional: ¿Nos podría indicar cuáles podrían ser esas medidas alternativas a la repetición? Actualmente ya lo contemplamos como algo excepcional, se piensa mucho estas decisiones. Respuesta: Lo de excepcional, si se compara con los países de nuestro entorno, lo es pero por exceso. Se plantea una educación inclusiva sobre la base del DUA (diseño universal de aprendizaje). Empezando por los ACNEE, se propone revisar el modelo de apoyo que hay hasta ahora (Disp. Adicional 4ª). En general se va a revisar el currículo haciéndolo más competencial, menos academicista y descargándolo de contenidos; apoyos, desdobles, refuerzos, … Y programas, fuera del aula ordinaria, como PROA+, y las Unidades de Acompañamiento y Tutoría.

Tema: Competencias de las administraciones autonómicas y marco estatal. Aplicación temporal de la Ley
  • Pregunta (a partir del minuto 41:06 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿La CAM va a aplicar la LOMLOE?¿Cuándo se sabrá si van por libre o acatan la decisión del Ministerio? Se relaciona con la segunda parte en 48:23.
  • Pregunta (a partir del minuto 48:23 del vídeo, con la respuesta del ponente. Relacionada con la pregunta del minuto 41:06): Efectivamente Iba por lo que hace la Consejería con todo, es decir, tratar de hacer lo que ellos quieren (espíritu de la LOMCE) y apoyar a la concertada en detrimento de la Pública.
  • Pregunta adicional: ¿Cómo limita la ley la acción de la "Administración Educativa", en Madrid la Consejería de Educación, que pone trabas al uso de los centros por las familias o dejando a los equipos directivos en establecimiento de las normas de régimen interno bajo una orden de normas de convivencia?. Es la comunidad de Madrid la que pone obstáculos a la participación de las familias con los emisión de Órdenes regulatorias Respuesta: La C de Madrid es la que ejerce las competencias. Pero la LOMLOE fija –y eso deben respetarlo todas las CCAA- que el Consejo escolar (art. 121.2, 124 y art. 127.a y h) es el que aprueba los planes de convivencia.
  • Pregunta adicional:  ¿De qué forma la nueva ley limita el poder, o mejor dicho el arbitrio de las diferentes CC.AA? Respuesta: Desde el año 2000, en el que todas las CCAA asumieron las competencias en educación, se ha producido un quizá lento, pero constante proceso de convergencia en los indicadores educativos más importantes entre todas las CCAA. La crisis de 2008 ralentizó esa convergencia. Los importantes Planes de Cooperación Territorial, que impulsa y financia el Gobierno, al ser compensadores, van a acelerar esa convergencia.
  • Pregunta adicional: Tras lo que ha dicho el profesor Recio (la Comunidad ha de asumir y hacer cumplir la Ley), ¿puede el gobierno regional articular alguna herramienta que incumpla alguna parte en concreto de la normativa? Respuesta: La parte de la ley que es norma básica, que es la mayoría debe cumplirla. Puede recurrir un artículo o artículos ante el T. Constitucional, pero eso no le exime de cumplir lo recurrido.
  • Pregunta adicional: Todos estos cambios tan necesarios llevarán su tiempo, y lo beneficios de algunos de ellos, probablemente, empezarán a verse al final de la actual legislatura. ¿Estamos cada vez más cerca o más lejos de un gran pacto por la educación? Respuesta: El pacto –a falta de un gran acuerdo global- lo veremos en los acuerdos concretos sobre las cuestiones del desarrollo de la ley. La Conferencia Sectorial (Ministerio y CCAA) tiene un alto nivel de acuerdo.
  • Pregunta adicional: Mi preocupación es que la CAM vaya por libre y las cosas positivas de la LOMLOE no las aplique.  Respuesta: Las competencias las ejercen las CCAA, pero la norma es, en la mayoría de sus artículos, básica, es decir, de obligado cumplimiento por las CCAA, con el margen que les de la redacción en cada caso.
  • Pregunta adicional: ¿Se aplicará la ley en la admisión de este año? Si la respuesta es no, quisiera añadir: pero y en el plazo extraordinario que dura todo el año tampoco? ¿Siendo una orden de rango superior? (lo pregunto por los niños de acogida) Respuesta: La Disposición Final 5ª de la LOMLOE dice que si el proceso de admisión (también el del plazo extraordinario) se hubiera iniciado antes de que la ley entrara en vigor (19 de enero), lo que fue el caso en Madrid, se debe regir por la normativa vigente cuando se publicó. Pero el Consejo escolar sí tiene la competencia de “decidir” sobre la admisión, no sólo ser informado.
Tema: FP y FP Básica
  • Pregunta (a partir del minuto 45:07 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿Qué diferencias existen entre la FP básica de la LOMCE y la FP básica de la LOMLOE?
  • Pregunta adicional: Me alegra las recuperación de los programas de diversificación, pero la FP Básica ha demostrado ser un auténtico desastre. ¿Se va a modificar la estructura de estas enseñanzas? Respuesta: Estas enseñanzas se parecerán más a los programas de diversificación en la medida en que conducirán a título; en el art. 30.2.a y b están los contenidos de los ámbitos no profesionales que podrán incluir otras enseñanzas. Se trata de una vía profesional al título.
Tema: Capacidades competenciales, currículum, reválidas y EVAU
  • Pregunta (a partir del minuto 52:03 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿Si nos vamos a basar en las capacidades competenciales se entiende que se van a modificar las EVAU?
  • Pregunta (a partir del minuto 53:42 del vídeo, con la respuesta del ponente): Estoy de acuerdo en aumentar la equidad y e igualdad  de oportunidades. Sin embargo, detectamos existen centros en los que la diferencia sociocultural cada vez es mayor, y a parte del enriquecimiento que esto puede tener en muchos aspectos, muchas veces el profesor para poder atender mejor a estos alumnos, deja de lado a otros y, desgraciadamente, lo que vemos es que el nivel se ajusta hacia abajo , pero, ¿qué ocurre cuando en un aula, el número de alumnos con algún tipo de dificultad es alto y se ve mermado el rendimiento de los alumnos medios? ¿Esto como está contemplado? Además de representante del AMPA soy profesora y veo que esto es un gran problema en las aulas actuales. ¿Cómo aborda esto la nueva ley?.
  • Pregunta adicional: Hablaba de alumno medio, no de hijos de profesores Con el criterio que tenemos actualmente, tenemos alumnos de 14 años en una ESO sin saber sumar ni escribir una frase. Estoy totalmente de acuerdo en que hay que actuar en la base, pero, hemos valorado en algún momento el nivel de esfuerzo, compromiso, y continuidad de los alumnos españoles?. Respuesta: Creo que esos casos son muy excepcionales, no nos dicen eso las evaluaciones internacionales. Se valora el esfuerzo del alumnado porque se les ofrece ese mismo esfuerzo por parte de otros colectivos de la comunidad educativa: administración, profesorado, …
  • Pregunta adicional: PMAR como tal desparece y vuelve de nuevo una diversificación a nivel de 3º y 4º de la ESO, ¿cierto? Respuesta: Sí, llevando al título de la ESO.
  • Pregunta adicional: ¿Cuáles son los cambios respecto a las pruebas tipo Reválidas? Respuesta: Desaparecen. Esas pruebas ya no serán censales (para todos), ni darán los títulos de la ESO y Bachillerato.
  • Pregunta adicional: En 1º de primaria no es requisito haber aprendido a leer y, en la gran mayoría de los centros se enseña a leer a los niños en Educación Infantil (etapa no obligatoria) ¿Se contempla algún cambio curricular? Respuesta: Explícitamente se recoge en el artículo 14.5:

“…sin que resulte exigible para afrontar la educación primaria, podrán favorecer una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical y en cualesquiera otras que las administraciones educativas autonómicas determinen. “

En el RD de currículo se insistirá en esa idea.

  • Pregunta adicional: Sé que lo ha explicado Miguel, pero no sé si lo he entendido bien: ¿En qué medida se ponen en marcha el trabajo por Proyectos, Proyectos de Aprendizaje y Servicio...? Esta participación más activa para profesores  y alumnos es una invitación/sugerencia o se les va a exigir que sea así. No sé si me he explicado. Respuesta: En el art. 24.3 aparece claramente, pero al referirse a optativas está en mano de las CCAA. En el RD de currículo se insistirá en ello. Pero la LOMLOE apuesta por una mayor autonomía de los centros y no veo que haya ninguna comunidad autónoma –ni Madrid- que se oponga a esta tendencia que señalas.
  • Pregunta adicional: Para poder poner en marcha sobre todo aspectos curriculares, ¿debemos esperar a la concreción curricular de la Comunidad de Madrid?  Respuesta: Sí, pero en el 60% del Ministerio, que es prescriptivo, ya sabes la tendencia.
Tema: Necesidades Educativas Especiales y Educación Especial
  • Pregunta (a partir del minuto 59:25 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿Cómo se va articular la dotación de medios para cubrir en todos los centros educativos las necesidades educativas especiales?¿Hay previstos mecanismos de garantía de que sean respondidas estas necesidades sin necesidad de tener que acudir a un centro de educación especial?
  • Pregunta adicional: Pero, en la LOMLOE, ¿cómo se contempla esto? ¿Más refuerzos? El nivel es cada vez es más bajo, es algo palpable y algo que nos preocupa enormemente. Respuesta: La LOMLOE propone evaluaciones finales de etapa para valorar ese nivel, pero las pruebas externas que ya tenemos no dicen eso de que el nivel sea cada vez más bajo, al contrario. Pero el valor fundamental de la evaluación es el formativo: darnos un diagnóstico que nos permita ajustar nuestra actuación.
  • Pregunta adicional: Sergio: en la ESO, cada vez que se habla de los alumnos con necesidades especiales, hay apoyo para los que no llegan. en realidad en las aulas no se contempla ningún apoyo para los que son1 de altas capacidades. Respuesta: Es cierto que no se menciona mucho a ese alumnado. Reciben becas del Ministerio y la C. de Madrid tiene un programa de apoyo. Pero la atención a la diversidad que se plantea en la LOMLOE es para todos, también incluye a este alumnado.
  • Pregunta (a partir del minuto 1:20:25 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿Qué hay de los centros de Educación Especial? Se hablan cosas no reales que asustan mucho a las familias.
  • Pregunta adicional: Ya has hablado sobre la educación especial. Pero lo que quiero preguntarte es si podrías explicar por qué esta ley ha provocado tanto rechazo generalizado por parte de las familias que tienen algún menor con necesidades especiales. Respuesta: Bueno, creo que esa polémica no se debe a motivos reales, es una maniobra de distracción para no debatir sobre las propuestas que hace la ley. La Disp. Adicional 4ª de la LOMLOE plantea aportar recursos a los centros ordinarios para garantizar el éxito de la integración. Ese éxito no ocurre ahora: el porcentaje de ACNEE en Bachillerato es menos de una tercera parte de ese porcentaje en la ESO: los ACNEE de integración no superan la ESO y apenas cursan enseñanzas postobligatorias. Ese es el verdadero problema.
Tema: Escolarización y segregación del alumnado en los centros
  • Pregunta adicional: ¿La segregación  en la composición del alumnado no depende del centro? Yo he impartido clases que no son puras de programa o sección en la C. de Madrid.  Respuesta: PISA nos dice que hay más diferencias intra-centros que intercentros. En un centro bilingüe en Madrid el promedio de asignaturas suspensas por alumno en un grupo de la ESO puede ser más de 5 veces en un grupo de programa que de sección. Por otro lado, el sistema de puntuación la zona única, la no participación en las SAE hace que los centros madrileños sean, junto a los de Hungría, los que presentan una mayor segregación, en el sentido de que no respetan en su composición la pluralidad social del entorno.
  • Pregunta adicional: Con respecto a los puntos para acceder a un centro. ¿Hay puntos por renta? Respuesta: Sí, y su peso en el total de la puntuación, se incrementa.
  • Pregunta adicional: Si en cada uno de los centros hay que mantener el porcentaje de alumnado por nivel socioeconómico en el distrito, puede darse que por este hecho, no te corresponda el que más te conviene por proximidad, etc....Es decir, ¿merma el poder de decisión de los padres a elegir centro? Respuesta: No, el criterio ás importante según la LOMLOE es la proximidad; pero también se establecen cautelas para evitar la real segregación del alumnado en desventaja socioeconómica.
Tema: Consejo Escolar del Centro Educativo
  • Pregunta (a partir del minuto 1:02:15 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿Puedes detallar cuales van a ser las nuevas funciones del consejo escolar con la nueva ley? Has dicho que la LOMLOE consagra el Consejo Escolar como un auténtico órgano de gestión pero los cambios en la ley respecto al consejo son mínimos. ¿Cómo garantiza la ley que será así?
  • Pregunta adicional: ¿Cuáles son los cambios más concretos en la participación de las representantes de las familias en el Consejo Escolar? ¿Cuál es el peso de las familias en los consejos escolares y su influencia en la dirección del cole? ¿Tienen no solo voz si no también voto? Respuesta: Las familias están presentes en los Consejos Escolares con voz y voto y deciden sobre los aspectos esenciales: desde la admisión del alumnado a la comisión de selección del director, pasando por la aprobación del Proyecto educativo del centro. El Consejo escolar vuelve a ser un órgano de gobierno.
  • Pregunta adicional: ¿De qué manera concreta las familias y las AMPAS en el Consejo Escolar podrán volver a decidir y no sólo  a participar y de qué modo? Respuesta: Las familias están presentes en los Consejos Escolares con voz y voto y deciden sobre los aspectos esenciales: desde la admisión del alumnado a la comisión de selección del director, pasando por la aprobación del Proyecto educativo del centro. El Consejo escolar vuelve a ser un órgano de gobierno.
  • Pregunta adicional: ¿Qué modificaciones aporta la LOMLOE en el funcionamiento del Consejo Escolar? ¿Se facilita una mayor y mejor participación de las familias? ¿Se garantiza de alguna manera el rol del Consejo en la aplicación de las transversales que menciona la Ley como la coeducación, inclusividad, etc?  Respuesta:Entre las nuevas competencias del Consejo escolar están las recogidas en el art. 127.f y g:

f) Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

Los aspectos estrictamente pedagógicos corresponden al Claustro.

Tema: Repeticiones
  • Pregunta (a partir del minuto 1:06:15 del vídeo, con la respuesta del ponente): Podemos estar de acuerdo en que el número de repetidores es alto. No nos parece correcta la opción que contempla la LOMLOE de pasar de curso con suspensos e incluso titular. ¿No es me mejor apoyar con apoyos, refuerzos, adaptaciones...?
Tema: Organización del Centro y Evaluación
  • Pregunta (a partir del minuto 1:09:27 del vídeo, con la respuesta del ponente): Respecto a la formación profesional, ¿no crees que es un error exigir que los profesores deban ser universitarios con menos experiencia técnica en lugar de mantener la posibilidad de que sean profesores que vienen de formación profesional?
  • Pregunta adicional: Respecto a la elección del director/a, el art. 135.2 establece que un tercio de la comisión de elección debe ser elegido en el consejo escolar entre sus miembros no docentes, pero la normativa de la CAM dice que que puede ser cualquier miembro del consejo escolar, docentes incluidos. ¿Qué norma debe prevalecer? Respuesta: La normativa de la C de Madrid a la que aludes es la que desarrollaba la LOMCE; la de la LOMLOE debe seguir lo que dice la nueva ley. Este año todavía estará vigente la anterior.
  • Pregunta adicional: ¿No crees que sería bueno que un pequeño porcentaje del profesorado pueda ser elegido por la dirección del centro? ¿Tenéis estudiado el poder realizar una evaluación de profesorado? Respuesta: La ley no ha modificado lo relativo a ninguna de las dos cosas, que están en la ley. En la Disp. Adicional 7ª se habla de un plazo de un año para una propuesta

normativa que regule, entre otros aspectos, la formación inicial y permanente, el acceso y el desarrollo profesional docente”.

Tema: Ratios y distribución de alumnado y profesorado
  • Pregunta (a partir del minuto 1:11:17 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿Se va a reducir el ratio en las aulas? Si en una clase hay 33 alumnos en secundaria o 26 en primaria (o 40 en bachillerato) y tienen un nivel académico similar, se puede dar clase y que avancen a la vez (más o menos) Pero si se va a aumentar la diversidad, eso va a ser muy difícil
  • Pregunta adicional: ¿Por qué no se han limitado las ratios (como tales)? Respuesta: La ratio es una medida que debe contextualizarse en función de las necesidades de cada grupo o materia. Es más útil hablar de profesorado por alumnos, que el máximo de alumnos por clase. El fuerte incremento de profesorado realizado ya y previsto hasta 2023 bajará las ratios, que deben implicar, para que sea útil, un cambio en la metodología.
  • Pregunta adicional: Comenta que se está valorando número de alumno por profesor, pero....en la ley  no pone nada de esto, pone se podrá.... ¿Por qué no se ha concretado para que se lleve a cabo y se ha dejado abierto? Respuesta: Las medidas concretas no pueden regularse en una ley básica, sólo las regulaciones más generales. Son las CCAA las que deben aplicarlas. El Miniserio pondrá abundantes recursos derivados del Plan de Recuperación y esperamos que en la Conferencia Sectorial (Ministerio y CCAA) se lleguen a acuerdos sobre los criterios para su destino.
Tema: Bilingüismo
  • Pregunta (a partir del minuto 1:17:09 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿En qué influye la Ley en la enseñanza Bilingüe? Dato adicional aportado por el ponente: Porcentaje de alumnado que participa en experiencias de utilización de lenguas extranjeras como lengua de enseñanza del curso 2018-2019:

Tema: Religión y Valores Cívicos y Éticos
  • Pregunta (a partir del minuto 1:26:00 del vídeo, con la respuesta del ponente): ¿Cómo queda la religión, fuera de currículum, pero dentro de la jornada escolar? entonces,  ¿se tratará por igual todas las religiones que están en la realidad social?  ¿O la religión sale de la jornada escolar y así no hay problema? ¿Qué hará el alumnado que no asista a religión? ¿Dónde queda la asignatura de religión?, y ¿qué papel tiene la asignatura de no secular sobre la religión?
  • Pregunta adicional: ¿Y qué pasa con las Religión? Quienes no van a religión ¿qué alternativa tienen si Valores Éticos va a ser obligatoria para todo el alumnado? Respuesta: Con la LOMLOE el que unos alumnos elijan cursar religión confesional no supondrá que quienes no la elijan deban cursar otra materia. La educación en Valores cívicos y éticos es para todos, de acuerdo con el art. 27.2 de nuestra Constitución.
  • Pregunta adicional: ¿Qué hará el alumnado que no asista a religión? Respuesta: La verdad es que la regulación actual de la enseñanza de la religión confesional (Acuerdo de España y el Vaticano) no lo pone fácil: habrá que atender a quienes no cursen religión, pero no con una materia evaluable. En todo caso es lo que se venía haciendo antes de la LOMCE.
  • Pregunta adicional: En cuanto a la educación en valores, ¿cómo queda articulada en la ley, tanto en primaria como en secundaria? Estoy totalmente de acuerdo en que dicha educación no puede ser una opción, pero me preocupa como puede garantizarse para todos los alumnos en cualquier centro y en cualquier etapa educativa. Respuesta: La educación en valores cívicos y éticos es tanto una educación transversal, impartida por todos los profesores y en todos los cursos, como una materia específica en el último ciclo de Primaria (5º o 6º) y en algún curso de la ESO (posiblemente 3º o 4º). Supone tanto conocer contenidos (qué es la tolerancia, cuándo surge históricamente, …), adquirir destrezas o habilidades (ser dialogante, tolerante), como fomentar actitudes o disposiciones para actuar de forma respetuosa o tolerante o para criticar situaciones de intolerancia. Debe ser una educación para todos, al margen de su opción confesional.
  • Pregunta adicional: ¿Por qué no se oferta educación en valores en todos los cursos? Respuesta: Porque como tema transversal estará, para todos los alumnos y alumnas, todos los cursos. Como área o materia, sólo en uno en cada etapa obligatoria.
Tema: Centros Privados Concertados
  • Pregunta adicional:  ¿Qué medidas incorpora la ley para verificar y hacer cumplir a la educación concertada con la ley, en todos sus extremos? ¿Cómo se va a garantizar que los centros privados concertados no cobren cuotas que provocan la desigualdad del alumnado y actualmente utilizan para seleccionar al alumnado a admitir? Respuesta: En el art. 88 se han introducido cautelas para que las actividades complementarias no discriminen por motivos económicos y no se puedan hacer dentro del horario escolar del centro. En la Disp. Final de modificación de la LODE se aumentan las competencias del Consejo Escolar de los centros concertados. En los arts. 84 a 87 se ordena la admisión haciéndola más equilibrada.
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