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Informe Discapacidad Motora - Legislación autonómica de la Comunidad de Madrid

Informe Discapacidad Motora - Legislación autonómica de la Comunidad de Madrid
viernes, 20 de diciembre de 2024

La consejería de Educación de la Comunidad de Madrid tiene constituido un Equipo Específico de Discapacidad Motora[1] (en adelante EEDM), y existe una red de centros de escolarización preferente, con la oferta educativa para el alumnado con educativas especiales vinculadas, entre otras circunstancias, con la discapacidad motora.

En esta red, en la actualidad están integrados, en la enseñanza básica:

  • DAT[2] Madrid Capital: 10 CEIP[3], 7 IES[4], 10 CPEE[5] y 3 CPC[6].
  • DAT Madrid Este: 9 CEIP, 11 IES, 2 SIES[7] y 6 CPEE.
  • DAT Madrid Norte: 11 CEIP, 7 IES, 2 CPEE y 1 CPC.
  • DAT Madrid Oeste: 12 CEIP, 8 IES, 7 CPEE y 2 CPC.
  • DAT Madrid Sur: 19 CEIP, aulas de EE[8] en 1 CEIP, 17 IES y 8 CPEE.

La escolarización preferente en estos centros lleva aparejados los apoyos educativos necesarios para que el proceso de aprendizaje y el desarrollo personal de los menores se haga con el currículo ordinario en un contexto normalizado, disponiendo de los siguientes recursos humanos: maestras/os especialistas de apoyo en Audición y Lenguaje (AL) y en Pedagogía Terapéutica (PT), fisioterapeuta, técnicos especialistas III, y graduadas/os en enfermería.

Los recursos del centro son: ruta escolar avanzada y elementos de accesibilidad universal. Dentro de este último bloque, se pueden encontrar: rampas de acceso, puertas de mayor amplitud, pasamanos en los pasillos, mobiliario y baños adaptados, y ascensor.

Estos centros son atendidos, prioritariamente, por el EEDM, así como por el EOEP[9] de la red de orientación que le corresponda y el departamento de orientación.,

La normativa que regula los EOEP es la Orden 2743/2023 de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades por la que se establece la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica en la Comunidad de Madrid[10], que se completa con la Circular del 5 de septiembre de 2023 de la  Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial relativa al funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica a partir del curso escolar 2023/2024[11].

El alumnado que atienden los EOEP debe tener un dictamen de escolarización en el que se refleje la pérdida o desviación significativa en las funciones neuromusculoesqueléticas y relacionadas con el movimiento. Con la denominación de discapacidad motora se encuentran alteraciones que son consecuencia de diversas disfunciones que están producidas en los sistemas que desarrollan el movimiento articular, muscular, nervioso u óseo.

 

[1] Web del Equipo Específico de Discapacidad Motora de la Comunidad de Madrid. https://www.educa2.madrid.org/web/eoep.discapacidadmotora.madrid/centros-preferentes

[2] DAT: Dirección de Área Territorial

[3] CEIP: Centro de Educación de Infantil y Primaria

[4] IES: Instituto de Educación Secundaria

[5] CPEE: Centro Público de Educación Especial

[6] CPC: Centro Privado Concertado

[7] SIES: Sección de un IES en otra población

[8] EE: Educación Especial

[9] EOEP: Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica

[10] Orden 2743/2023 de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades por la que se establece la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica en la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/transparencia/sites/default/files/16_orden_2743_organiz._y_func._eoep_definitiva.pdf

[11] Circular del 5 de septiembre de 2023 de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial relativa al funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica a partir del curso escolar 2023/2024 https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/educacion/circular_funcionamiento_eoep.pdf

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