Retos y limitaciones de la consolidación de la educación social en la escuela: una aproximación desde la Comunidad de Madrid. Sergio-Jorge Fernández-Ortega. Presidencia del CPEESM. Luis-Alfonso Rodríguez-Sanz. Miembro de la Junta Directiva del CPEESM. Desde el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Madrid (CPEESM) nos gustaría desarrollar en este artículo una explicación argumentada, y resumida, para sensibilizar a los lectores sobre la importancia de la inclusión de la figura profesional de la Educación Social en los centros escolares. No es posible comenzar esta explicación sin tener en cuenta que la sociedad evoluciona, sus características van cambiando a lo largo del tiempo, sobre todo estos últimos años, por lo que el sistema educativo del que se ha dotado no puede permanecer inmóvil, debe también evolucionar de acuerdo con las necesidades sociales: “la escuela cambia de función en un mundo global donde las transformaciones se aceleran y las relaciones sociales son cada vez más plurales y complejas, especialmente las familiares y generacionales” (Galán & Castillo, 2008, p. 129). La escuela debe, por tanto, transformarse, para dar respuesta a los problemas y retos, tanto actuales como futuros, que la sociedad plantea (Quintanal, 2019). Una escuela que se transforme a la vez que lo hace la sociedad, pero no sólo en contenidos si no, también, y, sobre todo, en la metodología y la organización escolar, recurriendo a experiencias innovadoras para la gestión democrática y participativa de los centros escolares, para conseguir de este modo una ciudadanía bien formada, con competencias y habilidades profesionales, que colabore en la innovación y la mejora económica (Castillo et al., 2016). Desde la educación social se puede entender la Escuela desde tres enfoques: un espacio de aprendizaje, donde se adquieren contenidos culturales de valor; un espacio de convivencia y participación, donde las personas se relacionan habitualmente y hacen valor sus opiniones; y, por último, un espacio de relación con la comunidad, donde existe la posibilidad de la interacción entre la escuela y su entorno social. Siendo esto así, el concepto de centro escolar como mera institución donde se adquieren conocimientos puramente académicos queda desfasado en la actualidad, demandándose a la administración nuevas tareas por parte de la comunidad escolar, así como de la sociedad en su conjunto (Quintanal, 2019). Por un lado, en este espacio se forman y aprenden los futuros ciudadanos. A este respecto pensamos que la comunidad educativa debe de proveer al alumnado, no solo de competencias puramente académicas, como asegura Quintanal (2019), si no de aquellas que les permitan convivir de manera adecuada tanto en el centro como en su futura circulación social dentro de la comunidad. Por otro lado, en este espacio de convivencia surgen situaciones de conflicto entre los miembros de la comunidad educativa. Será necesario, por tanto, dotar de competencias adecuadas para afrontarlas, procurando la mejor forma de solucionarlas para poder “estar” con el otro en los mismos espacios y, se puede ser, generar relaciones, como dice Torrego (2006), que ayuden a los individuos no sólo a un mejor “estar”, sino también a un mejor “ser”. En último lugar, se trata de generar entre todos y todas una institución abierta y flexible, que aporte propuestas a las necesidades sociales, poniendo en relación a los miembros de la comunidad, como nos recuerdan Galán y Castillo (2008) y generando redes de apoyo. Es necesario aclarar que todos estos enfoques, o consideraciones de la escuela, no se pueden pensar o desarrollar de manera aislada, sino que se encuentran en relación, incluyéndose unas a otras de manera directa o indirecta. Es por este motivo que deben concebirse desde un enfoque integrador e interconectado, con acciones globalizadoras. Pero, para ayudar a conseguir una escuela de estas características, la inclusión de la figura profesional (graduada, titulada o habilitada) de la educación social dentro de los centros donde se aprende, creemos que es fundamental. El educador social no se centra en el ámbito académico, aunque lo tiene en cuenta para lograr sus objetivos. Tampoco interviene en las adaptaciones curriculares para la atención a las diferencias individuales del alumnado, aunque puede apoyar en esta tarea. No es un profesional que busque recursos para los miembros de la comunidad educativa, aunque pueda colaborar en esta función. Tampoco diagnostica al alumnado, ni emite informes psicopedagógicos, aunque puede colaborar en los apartados de estos informes aportando sus prescripciones facultativas en los informes socioeducativos, donde trata de las relaciones sociales y familiares de los y las estudiantes. Tampoco hace meramente actividades lúdicas y recreativas sin ningún objetivo educativo con el alumnado, ya que siempre persigue objetivos educativos. Esta profesión titulada y de carácter superior, cuenta con una cuidada formación de base que incluye aspectos de otras disciplinas, como la psicología del desarrollo, la psicología social, la antropología cultural y social, la sociología y la demografía, y los métodos de investigación y la estadística; así como de disciplinas más relacionadas con las ciencias de la educación, como la didáctica, la teoría de la educación, la educación permanente y la pedagogía social. Por último, se desarrollan otros contenidos más específicos, como la educación para la salud, la educación ambiental, la educación sexual integral, la educación para la igualdad, contenidos sobre diversidad e interculturalidad, sobre adicciones, sobre tecnologías educativas, animación sociocultural, elaboración de proyectos socioeducativos… que completan una formación diversa y específica sobre las acciones en contextos sociales a través de estrategias educativas. La educación social, por su formación tanto pedagógica como social, entiende bien ambos medios y procesos, por lo que se hace fundamental su inclusión en el sistema escolar, donde en la actualidad los aspectos sociales aparecen como prioritarios para garantizar una buena atención, así como contribuir a la justicia social, ya que la educación del siglo XXI será social o no será. De este modo, esta profesión trata de recoger el encargo de las administraciones y adecuarlo a los espacios educativos, basándose en los marcos normativos vigentes, relacionados con la protección y promoción de los derechos de la infancia. Estos marcos normativos, como la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, así como la Ley Orgánica 3/2020 que la modifica, y la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor, y sus posteriores modificaciones, establecen principios como la no discriminación, la equidad, la convivencia pacífica, el respeto a la diversidad y la igualdad de género, así como establecen los derechos de la infancia que hay que garantizar. También se enfocan en la protección integral de la infancia frente a la violencia. La nueva Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia abre una nueva posibilidad, la incorporación de los educadores sociales en la escuela a través de la figura del coordinador o coordinadora de bienestar y protección, ofreciendo la oportunidad para regularizar su presencia y funciones de apoyo e intervención en los centros educativos, en consonancia con su labor histórica desde que la Educación Social se convirtió en una titulación oficial. A nivel autonómico, existen leyes y decretos que promueven estos valores y guían el trabajo de las y los profesionales de la educación social. En la Comunidad de Madrid, se encuentran la Ley 1/2022 Maestra de Libertad de Elección Educativa, el Decreto 23/2023 por el que se regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado, la Ley 12/2022 de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y la Ley 4/2023 de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. Algunas administraciones educativas ya han apostado por incluir a este profesional en los centros educativos y existen experiencias institucionales en Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía, desde hace varios años, y en Canarias, Baleares y Cataluña, donde han sido incorporados recientemente. El educador social desempeña así en estas regiones su tarea como personal laboral o funcionario, como un agente educativo, aunque no docente, dentro de la administración encargada de la actividad educativa, con un reconocimiento oficial (González, 2022). En muchas otras comunidades existen experiencias donde el educador social participa en programas socioeducativos, ya sea desde otras administraciones, como los Servicios Sociales de los Ayuntamientos, o desde empresas, entidades o asociaciones, en programas de actividades extraescolares, absentismo escolar, convivencia o desarrollo de tutorías sobre tema socioeducativos y fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, entre otras. Esta última situación es la que se puede encontrar en la Comunidad de Madrid, existen diversas experiencias dentro y fuera de los centros escolares desarrolladas por educadoras y educadores sociales, aunque de manera dispersa, temporal y desinstitucionalización en casi todos los casos, aunque existen excepciones, como es el caso de algunos programas más estructurales, como los que trabajan sobre el absentismo escolar, los programas de participación infantil o los de educación de calle, en diferentes municipios madrileños. Se deben tener en cuenta que las demandas de profesionales que desarrollen una labor socioeducativa parten de la propia comunidad educativa, debido a las situaciones que se encuentran en los centros escolares, a los que pretenden hacer frente. De este modo es necesario trabajar en la mejora de la convivencia de la comunidad educativa, utilizando la prevención, desarrollando competencias y ofreciendo estrategias innovadoras a los conflictos que surgen, y sobre el acoso escolar como una de las principales problemáticas; en la mejora de la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado, complementando este ámbito con la mejora en el área de las habilidades sociales; en el desarrollo de acciones y estrategias desde nuevos enfoques metodológicos, así como estrategias innovadoras en la organización y estructuras del centro educativo; en la formación y asesoramiento a los docentes y las familias en nuevas circunstancias y conflictos sociales que se reproducen en el centro educativo y fuera de este; en la respuesta a la necesidad de participación de la comunidad educativa, fomentando estrategias y recursos para acoger sus propuestas y favorecer la consolidación de la identidad comunitaria; en la mejora de la desigualdad estructural en los centros educativos por razón de sexo, género, orientación sexual, capacidad, edad, situación económica, étnica… en el desarrollo de actividades, proyectos y eventos de animación y dinamización del centro educativo, mejorando la cohesión y favoreciendo su promoción; y en la colaboración en el refuerzo y apoyo a la acción tutorial, desde un enfoque socioeducativo. La definición de Educación Social de la Asociación Estatal de Educación Social (ASEDES) (2007), la plantea como: “Derecho de la ciudadanía que se concreta en el reconocimiento de una profesión de carácter pedagógico, generadora de contextos educativos y acciones mediadoras y formativas, que son ámbito de competencia profesional del educador social, posibilitando: la incorporación del sujeto de la educación a la diversidad de las redes sociales, redes sociales entendida como el desarrollo de la sociabilidad y la circulación social; la promoción cultural y social, entendida como apertura a nuevas posibilidades de la adquisición de bienes culturales, que amplíen las perspectivas educativas, laborales, de ocio y participación social”. (p. 12) Y describe sus funciones principales como la transmisión, desarrollo y promoción de la cultura, la generación de redes sociales, contextos, procesos y recursos educativos y sociales, la mediación social, cultural y educativa, el conocimiento, análisis e investigación de los contextos sociales y educativos, el diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos educativos y la gestión, dirección, coordinación y organización de instituciones y recursos educativos. De esta manera, se implementa la colaboración en la mejora de la organización del centro educativo, flexibilizando las estructuras, tanto de espacios como de tiempos, para adaptarse mejor al alumnado; así como desarrollando el currículum no formal del alumnado, al que frecuentemente no se le dedica demasiado tiempo. No obstante, existen diversos aspectos que impiden la consolidación institucional de la educación social como profesión en el ámbito educativo. Por un lado, desde los puestos técnicos y políticos se desconoce perfil y no se comprende la labor que puede desarrollar en los centros educativos. En algunas ocasiones se relaciona con el trabajo que se realiza desde Servicios Sociales únicamente y, por ende, normalmente con una función de atención social, por lo que no se tiene en cuenta su labor preventiva o dinamizadora en los espacios escolares. El artículo de Gutiérrez y Cortijo (2022) titulado Educación social en el Ámbito Escolar y la Ley Rhodes examina la incorporación de los profesionales de la educación social en los centros educativos destacando su influencia positiva en el desarrollo integral del alumnado. Sin embargo, señala que, en muchos casos, su papel sigue estando limitado a intervenciones con alumnos en desventaja y no se les reconoce adecuadamente en todas las tareas que desempeñan. A veces existe además un rechazo del alumnado y de sus familias a la figura por este mismo motivo, teniendo una idea negativa de su labor. Las primeras reacciones parten de las experiencias previas que hayan tenido con profesionales del sistema educativo o de los servicios sociales y, la educación social, debe de establecer por tanto relaciones de confianza con las personas con las que trabaja para, de este modo, poder acompañarlas en sus decisiones cotidianas. Además, la administración pública no suele entender el encargo profesional que le puede realizar, confunde su perfil con otros perfiles y no sabe qué funciones podría desarrollar en la escuela. Este último aspecto puede tener relación con el desconocimiento de las necesidades del sistema educativo actual y sus situaciones cambiantes, cada vez más enfocadas hacia el ámbito social y relacional, como se resaltaba al principio del artículo. Por otro lado, existen muchos programas y acciones de asociaciones y entidades que trabajan en este ámbito desde diferentes frentes, por lo que muchas veces la intervención socioeducativa se encuentra muy dispersa y descoordinada, dando a veces una imagen de improvisación e inadecuada planificación. Además, esos mismos programas, al no estar institucionalizados, quedan a expensas de la disponibilidad de partidas en los presupuestos municipales, sin ser priorizados, por lo que esa temporalidad afecta a los resultados de la intervención de manera negativa: establecimiento de relaciones, continuidad de las acciones socioeducativas… La inclusión de profesionales de la educación social en la escuela, como ya se ha podido comprobar, tiene un impacto positivo en la comunidad educativa, ya que promueve la participación activa, la colaboración entre diferentes agentes educativos y sociales, y la construcción de un aprendizaje social significativo. Además, contribuye a la sensibilización y concienciación social, así como al apoyo y orientación a las familias. Estos profesionales desempeñan un papel fundamental en el fortalecimiento de la comunidad educativa y en la creación de una escuela comprometida con el desarrollo integral de los estudiantes y su preparación para ser ciudadanos responsables y comprometidos con la sociedad. Según Pernas y Villar (2008), es esencial reconocer y legitimar al educador social como un profesional de la educación que fomenta y colabora con otros agentes educativos y sociales en la participación activa y en el compromiso de la escuela con la sociedad. Su presencia en la escuela permite una experiencia de aprendizaje social más significativa y la construcción de relaciones sólidas entre la escuela y la comunidad local. Algunas funciones propias de la educación social en centros educativos (Fernández-Ortega, 2021) serían las relacionadas con la mejora de la convivencia, el fomento de las relaciones del centro escolar con el entorno socio-comunitario, el apoyo a los procesos educativos y a la formación especializada, el desarrollo de programas de educación en valores, la prevención del absentismo y el abandono escolar temprano, la atención a las diferencias individuales del alumnado, sobre todo con aquel ha sido o está siendo vulnerabilizado, la animación y la dinamización sociocultural, la mediación entre los miembros de la comunidad educativa y la orientación personal, profesional y social. De este modo, desde el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores de Madrid apostamos por la inclusión de esta figura profesional en el sistema educativo reglado, desarrollando tareas y funciones socioeducativas para poder garantizar los derechos sociales de la ciudadanía en el entorno educativo, mejorando también la labor educativa más académica. Referencias bibliográficas. Asamblea de Madrid. (2022, 21 de diciembre). Ley 12 de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 304. https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/12/22/BOCM-20221222-2.PDF ASEDES (2007). Documentos profesionalizadores. Definición de educación social. Código deontológico del educador y la educadora social. Catálogo de funciones y competencias del educador y la educadora social. ASEDES. https://www.eduso.net/wp-content/uploads/2019/11/Documentos-profes-Sept-2007.pdf Castillo, M., Paredes, L. & Bou, M. (2016). Educación social y escuela. 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