Buscador
Search

El Personal de Administración y Servicios (PAS) de los centros educativos: ese personal invisible pero imprescindible

El Personal de Administración y Servicios (PAS) de los centros educativos: ese personal invisible pero imprescindible

Isabel Blanco.

Experta en educación y funcionaria de PAS jubilada.

Todos cuantos hemos tenido o tenemos hijos y hemos tenido que afrontar la difícil decisión de buscar un centro educativo donde escolarizarlos, con la preocupación obvia de buscar lo más apropiado para ellos, teniendo en cuenta las prioridades que como familias establecemos para su educación, que no son las mismas para todos, decidimos visitar una lista de colegios y siempre, inexcusablemente, nuestro primer contacto humano ha sido el auxiliar de control e información (conserje) e inmediatamente el administrativo, es decir, nuestro primer contacto con un centro educativo ha sido un PAS (Personal de Administración y Servicios).

En el presente artículo nos centraremos, exclusivamente, en aquellos que forman parte de los centros públicos, intentando ofrecer los datos que permitan a las familias conocer no solo sus funciones, sino a quien acudir en caso de falta de personal. Empezare por comentar las diferentes categorías que conforman el Personal de Administración y Servicios (PAS), que son variadas, puesto que han de atender muchas labores sin las que los centros educativos no podrían funcionar, de ahí que digamos que son imprescindibles. Así tenemos desde el personal administrativo, a los auxiliares de control e información, el personal de cocina, limpieza y mantenimiento, enfermería, técnicos especialistas III o educadores infantiles, en el caso de las Escuelas Infantiles. Explicaremos a continuación, brevemente, cuáles son las funciones de cada una de ellas y de quien dependen, administrativamente hablando.

ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS: Es el caso más complejo, ya que hay que diferenciar por titularidad y por gestión. La titularidad puede corresponder a los ayuntamientos o a la Consejería de Educación. La gestión puede ser directa o indirecta. En la directa los titulares, ayuntamientos o Consejería, son quienes contratan a los trabajadores y, por tanto, los responsables de sus sustituciones en casos de bajas laborales, jubilaciones, etcétera. Y es a ellos a quienes debemos dirigirnos en caso de solicitar las mismas o el aumento de los efectivos. En la gestión indirecta, pese a que los titulares sean los mismos citados anteriormente, el servicio lo realizan empresas privadas, por lo que cualquier necesidad de ampliación de recursos depende, exclusivamente, de la empresa.

En el caso de las Escuelas Infantiles y Casas de Niños la mayor parte de los perfiles profesionales son personal laboral: educadoras infantiles, conserjes, personal de mantenimiento, de limpieza o de cocina.  Tan solo son funcionarios los maestros, que suelen encargarse de los grupos de 2 años. No cuentan con administrativos y todas las funciones burocráticas las realiza la directora o director del centro, aunque desde el presente curso, 2022/23, al incorporarse esta etapa en algunos CEIP, aquí sí cuentan con funcionarios no docentes que realizan dichas funciones.  Es un sector y una etapa muy feminizada.

COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA (CEIP): la Consejería de Educación se encarga de la contratación del personal docente y, en el caso del PAS, de los administrativos, enfermeras y técnicos especialistas III. Son responsabilidad de los ayuntamientos los conserjes, auxiliares de servicios (personal de mantenimiento y limpieza) y de empresas privadas, el servicio de comedor.

INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA (IES): todo el personal depende de la Consejería de Educación, a excepción del servicio de limpieza, que puede ser contratado por la administración educativa o ser una contrata privada, incluso puede darse el caso de que coexistan ambas fórmulas contractuales en un mismo centro.

Las mismas condiciones que los Institutos de Secundaria tienen los Centros Integrados de FP, las Escuelas Oficiales de Idiomas y los Centros de Enseñanzas Artísticas.

De todos estos perfiles profesionales, solo los administrativos son funcionarios y sus funciones y condiciones laborales se regulan mediante el Acuerdo de 28 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, el resto es personal laboral y se acogen al Convenio Colectivo de Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, de 27 de abril de 2021. A continuación, informaré sobre las funciones de cada uno de los grupos y niveles:

Auxiliares de Servicios: engloba al personal de limpieza (antiguamente auxiliares de hostelería), mantenimiento y cocina. Como indicamos más arriba, el personal de limpieza puede ser del ayuntamiento (todos los CEIP y Escuelas Infantiles y Casas de Niños, estos últimos siempre que sean titularidad municipal), de la Consejería (resto de centros), siempre que no se haya optado por una contrata de empresa privada. Obviamente sus funciones son la limpieza de los centros educativos.

El personal de mantenimiento tiene a su cargo labores relativas a mantenimiento básico de un centro: un enchufe averiado, una luz fundida, una cerradura averiada, etcétera. Este personal, como en el caso anterior, pertenece al ayuntamiento en CEIP y Escuelas Infantiles y Casas de Niños de titularidad municipal. En el resto de los centros, son los directores y directoras quienes tienen que contratar estos servicios que, generalmente, no cubre la Consejería.

El personal de cocina solo corresponde a la Consejería en centros muy específicos, como las Escuelas Infantiles de titularidad de la misma y gestión directa, que son muy pocas, 57, las mismas que tenían hace 24 años, cuando se asumió las competencias de educación en nuestra Región y centros como Ciudad Escolar y otros que tienen residencia para alumnado. El resto de los centros, la casi totalidad de la red pública, se llevan a cabo a través de empresas privadas.

Auxiliares de Control e Información (Conserjes): son uno de los grupos profesionales que tienen contacto directo con el público (familias y alumnado). Sus funciones son, cuanto menos, ingentes: información, comunicación y control del centro de trabajo, tanto en su vertiente interna como externa, atención de la centralita del centro, tareas auxiliares de gestión como traslado de documentos y enseres de escaso volumen, reprografía, etc, así como tareas relacionadas con la utilización ordinaria de las instalaciones, como encendido de la calefacción, del aire acondicionado u otros medios de refrigeración contra las altas temperaturas no tienen que encargarse por su inexistencia.

Técnicos Especialistas III: tienen la función de encargarse de alumnado con dependencia por factores físicos o psíquicos, tanto en su acogida y despedida del centro, traslados por el mismo, comida, ayuda para vestirse y desvestirse y necesidades físicas que, según el caso, deban ser atendidas.

Personal de Enfermería: como todos y todas sabéis no existen en todos los centros, en teoría se limitan a aquellos en donde existe alumnado que exija ese recurso: diabéticos, enfermos del corazón, con tratamiento por cáncer y otro tipo de enfermedades que exijan la supervisión de personal especializado y siempre que dicho alumnado no tenga la edad suficiente para garantizar la toma de decisiones y la capacidad para autoadministrarse la medicación necesaria. Esto en teoría, en la práctica este personal no se ajusta a la existencia o no de alumnado con estas necesidades, por el contrario, es el alumnado el que se ve, muchas veces, obligado a escolarizarse en centros donde ya exista este recurso humano.

Además de la atención directa a este alumnado, estos profesionales suelen atender a la formación sobre hábitos de salud e higiene o alimentación saludable entre el alumnado del centro, además de ser un recurso al que se acude para situaciones como accidentes en el centro, posible enfermedad, por no hablar de situaciones epidemiológicas, como desgraciadamente sucedió durante la pandemia, etcétera. Es, pues, un recurso necesario e imprescindible para todos y cada uno de los centros. Baste recordar que en las empresas privadas se exige disponer de un médico de empresa, definido por el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, que establece las empresas con cien o más trabajadores deberán organizar obligatoriamente los Servicios Médicos con la planta física adecuada y el personal médico o paramédico que se determina en el Reglamento. Obviamente, la Administración no cumple en los centros de su propia gestión y responsabilidad con dicha normativa, dado que el alumnado no son trabajadores, olvidando que son responsabilidad de la Administración mientras se encuentran en los centros educativos y dejando de lado el hecho de que puede ir en contra de la propia función educativa y asistencial de los mismos.

Educadores Infantiles: hasta el presente curso este personal solo ejercía en Escuelas Infantiles, actualmente lo hace también en los CEIP que han integrado la Primera Etapa de Infantil. Sus funciones tienen carácter educativo y también asistencial, dado que las edades de este alumnado exigen actuar en cuestiones relativas a la higiene, la alimentación, etcétera. Tarea compleja dado el elevado número de alumnos o alumnas que componen cada uno de los cursos. Su incorporación a los colegios aún no ha sido evaluada convenientemente. Hay que decir que, a priori, el número de alumnos y alumnas que han hecho uso de estas plazas es casi del cien por cien, pero quedan muchas cosas pendientes, según tenemos conocimiento: instalaciones, mobiliario y materiales inadecuados; dificultades de integración en los claustros y consejos escolares de los centros de estos trabajadores, esencialmente trabajadoras y problemas con las sustituciones por bajas laborales, tema sobre el que hablaremos más adelante, por ser común a todo el PAS.

Personal de Administración: es el único que tiene la categoría de funcionario y, como decía, se rige por el Acuerdo de Funcionarios en lo que se refiere a sus funciones y condiciones laborales. A su cargo tiene las funciones de información, atención al público y gestión burocrática del centro, lo que incluye las matrículas, listados de clase, traslados de expedientes, certificaciones, gestión de títulos, hojas de calificación, realización de expedientes académicos, convalidaciones, cartas, conocimiento de toda la normativa que se publique en relación con sus funciones y las del centro, así como su aplicación y un largo etcétera.

Hay que indicar que desde hace unos años sus funciones se han visto reducidas por tres motivos: la supresión de la adscripción de centros privados a los centros públicos, mediante la Orden 1496/2015, de 22 de mayo de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid; la implantación del programa RAICES, que traslada a los docentes algunas gestiones, que deben realizarse telemáticamente a través del mismo, incluidas la introducción de calificaciones o de faltas y, por último, la posibilidad de realizar ciertos trámites telemáticamente, como solicitud de plaza, de becas o ayudas y de matrícula. Lo que ha venido a trasladar parte de esas funciones al profesorado, al alumnado y a las familias. A mí juicio, no siempre con buenos resultados para ninguno de estos sectores, por los siguientes motivos.

La supresión de la adscripción de centros privados a públicos, reiteradamente solicitada por los titulares de centros privados, con o sin concierto, ha supuesto una dejación absoluta por parte de la Administración sobre el control de dichos centros y es especialmente grave en lo referente a la comprobación de los requisitos académicos imprescindibles para acceder a cualquier estudio y para las convalidaciones. Dicha supresión fue esencial para que numerosas academias, algunas de ínfima calidad académica y/o de espacios, pudieran eludir la comprobación sobre si reunían los requisitos para impartir enseñanzas regladas. La Consejería puede aducir en su defensa que dicha función la realiza la Inspección Educativa, pero en mi opinión, ni lo hacía antes ni lo hace ahora. Basta solicitar autorización para impartir enseñanza y la Administración accede. Así vemos antiguas academias, situadas en pisos, que antes impartían formación no reglada y, por tanto, no podían expedir títulos, que actualmente cuentan con enormes edificios de nueva construcción, cobran altos precios por los cursos y garantizan la titulación, según las opiniones que pueden leerse en internet.

El traslado de funciones burocráticas a las direcciones de los centros y a los docentes ha supuesto un aumento del tiempo de dedicación de los mismos a dichas tareas que, muchas veces, no les corresponden y que detraen de la atención a otras funciones: lectivas, de coordinación, de atención al alumnado y a las familias o de preparación de clases, por ejemplo. Todo ello ha provocado una constante petición de aumento de personal administración pues, ciertamente, muchas de estas funciones no les corresponden. Obviamente, no se trata de subvertir las funciones de unos y otros, se trata de respetar las que cada sector profesional tiene y para las que está preparado. Cierto es, que ello ha acabado también con una tendencia existente entre el profesorado que pretendía delegar en los administrativos tareas que le eran y son propias y no delegables y por las que incluso cobran complementos.

Por último, la gestión telemática de solicitudes de plaza, becas o matrícula han supuesto un grave problema para muchas familias que no cuentan con las herramientas o conocimientos suficientes para su utilización. Las dificultades que conlleva, que considero un elemento de desigualdad y un obstáculo para el ejercicio de derechos, provoca con frecuencia indeseados enfrentamientos entre el personal de las Secretarías y las familias, superados unos por el trabajo y agobiados los otros por la imposibilidad de conseguir solicitar una plaza, beca, título, etcétera. Por supuesto, en todos los casos mencionados, la solución es más personal administrativo.

Ahora creo que es interesante detenernos en algunas cuestiones importantes que afectan a este colectivo, a las familias, al alumnado, al profesorado y, en consecuencia, a los centros educativos.

Las sustituciones del PAS por bajas por enfermedad o jubilaciones. Durante muchos años, la política de la Administración respecto a este sector ha sido la de amortizar las plazas, es decir, suprimirlas, excepción hecha de los administrativos en CEIP que de no existir hace quince años, actualmente, todos los centros tienen al menos medio administrativo o, dicho de otro modo, un administrativo repartido entre dos centros. Cierto que, desde hace un par de años, dicha tendencia de amortización ha desaparecido, ya que reducir más las plantillas era imposible. Hay que tener en cuenta que el PAS no se considera un sector prioritario y, por tanto, las sustituciones no tienen que realizarse por trámite de urgencia. En teoría podrían pasar quince días hasta que se cubrieran, en realidad pueden pasar meses. Imaginen lo que eso supone para perfiles como los educadores infantiles y como afecta al alumnado y a la organización de los centros.

La escasez de recursos humanos en todos los grupos y perfiles profesionales. Para que se hagan una idea, recogiendo los datos del último Informe del Consejo Escolar, relativo al curso 2020/21, para un total de 1.939 centros públicos (se recogen todas las etapas y enseñanzas) había: 1.795 administrativos, 4.873 auxiliares de control e información, 624 auxiliares de hostelería (personal de limpieza), 283 ayudantes de control y mantenimiento, 349 cocineros/as y 270 ayudantes de cocina. Se comprenderá la extraordinaria necesidad de aumento de plantillas.

Otro problema es la temporalidad e interinidad del PAS, como resultado de la ausencia de convocatorias de procesos selectivos (oposiciones) que ha habido durante años y que, en este momento, parece en proceso de solución, por la obligación impuesta por el Estado de disminuir la interinidad al 8%. En junio de 2022, la Consejería de Educación cifraba en 54% la interinidad de administrativos de la misma, pero en el caso de los auxiliares de control e información ascendía al 79%.

Sin duda, otro problema es la falta de concreción de competencias del PAS, muy probablemente buscado de forma consciente, tanto por parte de la Administración como de los propios trabajadores y trabajadoras, así como por la imposibilidad de que una norma entre en ese nivel de minuciosidad. Por poner algunos ejemplos: quien debe quitar las chinchetas de las paredes, apagar las luces o cerrar las persianas o cuanto deben pesar los paquetes que deben trasladarse, y puedo asegurar que ninguna de estas cuestiones es un invento.

Por último, si bien en la mayor parte de los centros el clima de convivencia entre sectores y profesionales es bueno, en algunos se evidente la existencia de actitudes clasistas y de menosprecio de unos a otros, generalmente por la titulación y funciones que unos y otros realizan y también de abusos, en un intento de hacer recaer en unos las funciones de otros. Situación que, por otra parte, no es ajena a todos los oficios y profesiones. No obstante, en términos generales, el PAS suele integrarse bien en los centros educativos y son conscientes de que toda la aldea es necesaria para educar a un niño.

2743 Puntúe este artículo:
3.8

Federación de la Comunidad de Madrid de
Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado
FAPA Francisco Giner de los Ríos
C/ Pilar de Zaragoza, 22 - Bajo Jardín
28028 Madrid

 

Para la navegación por la web se utilizan imágenes propias, así como otras de uso gratuito (Pixabay con diferentes autorías)

 

     Telf. 915 539 773 / 616 355 183
 

     Horario de atención telefónica

     De lunes a jueves de 10:00 a 13:30 y de 15:30 a 17:00 h. 

     Los viernes de 10:00 a 13:30 h.

     Horario de verano 2024:

     - Del 24 de junio al 6 de septiembre

     - De 10:00 a 13:30 h.

 

 

Términos de usoPolítica de privacidadCopyright (c) 2024 FAPA Francisco Giner de los Ríos
Volver arriba